En el momento de efectuar una compraventa de una vivienda, existen una serie de impuestos que, tanto el comprador como el vendedor, deberán pagar. Estos harán variar la cantidad total final y debemos tenerlos en cuenta. Aunque existen algunos más frecuentes como el IVA, hay otros menos conocidos como el ITP o Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

¿Qué es?

El ITP es un impuesto que hay que pagar a Hacienda al llevar a cabo una compraventa de una vivienda de segunda mano. Aunque es un impuesto estatal, cada comunidad autónoma se encarga de su recaudación y, por lo tanto, el importe variará en función de cada lugar. En Catalunya, el ITP es del 10%.

¿Quién y cuándo debe pagarse?

El ITP debe ser abonado por el comprador, puesto que el vendedor tiene que hacer constar en su declaración de IRPF las ganancias obtenidas con la transacción. Generalmente, este impuesto se paga ante notario en el momento de formalizar la compraventa. No obstante, se dispone de un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura para efectuar el pago a la delegación de Hacienda de la comunidad autónoma correspondiente.

El cálculo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales se basa en un porcentaje sobre el valor del inmueble. Este porcentaje varía en función de la comunidad autónoma, y puede oscilar entre el 6% y el 11% del valor de la propiedad. Aun así, se pueden aplicar exenciones o reducciones, como en las viviendas de protección oficial, la compra de una vivienda habitual para jóvenes, en determinadas circunstancias familiares, etc.

Es importante tener en cuenta el valor del ITP en el momento de planificar la compra, puesto que su importe puede representar una parte significativa del coste total.

Otros impuestos

En la compraventa de viviendas de obra nueva, no se paga el ITP, sino que se pagan el IVA y el ADJ.

En el caso del IVA, el valor es el mismo en todo el territorio español: tipo reducido del 10% con carácter general, y superreducido del 4% en casos como las viviendas de protección oficial.

Por otro lado, el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados o ADJ es el último que se paga en la compra de una vivienda, y su valor es de un 1,5%. Grava los documentos notariales, mercantiles y administrativos asociados a la compraventa de una propiedad, y puede ser de tipo fijo o variable.

Si necesitas más información sobre el ITP u otros aspectos legales vinculados a las transacciones inmobiliarias, no dudes en contactar con nosotros. Desde Simm te acompañaremos y asesoraremos en todo el proceso.

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